Generalidades

La mayoría de los permisos temporales o definitivos que otorga el Servicio Nacional de Migración a los extranjeros, requieren que éstos tramiten una solicitud de permiso de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Nuestra firma también esta en plena capacidad de asesorarlo y realizar todos los trámites pertinentes para obtener dicha autorización por parte del gobierno panameño.

A continuación, hacemos un resumen de los principales tipos de permisos de trabajo y sus requisitos:

Permiso de trabajo para extranjero casado con panameño/a

Podrán aplicar a este permiso los extranjeros que se encuentren casados con nacionales panameños y estén tramitando su permanencia temporal o definitiva en nuestro país.

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Permiso de Trabajo dentro del 10% del personal ordinario

Podrán aplicar a este permiso los extranjeros que sean contratados por empresas nacionales o extranjeras con sede en Panamá, y que el porcentaje de trabajadores extranjeros no exceda el 10% del total de la mano de obra de la empresa.

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Permiso de trabajo dentro del 15% del personal especializado o técnico

 

Podrán aplicar a este permiso los extranjeros que sean contratados por empresas nacionales o extranjeras con sede en Panamá, y que el porcentaje de trabajadores extranjeros no exceda el 15% del total de la mano de obra especializada o técnica de la empresa.

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Permiso de trabajo indefinido (por contar con más de 10 años de residencia en Panamá)

Podrán aplicar a este permiso los extranjeros que hayan tenido 10 años de residencia legal en Panamá y hayan obtenido el permiso de trabajo y las renovaciones anuales correspondientes.

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Permiso de trabajo basado en el Acuerdo de Marrakech

Podrán aplicar a este permiso los extranjeros que sean contratados por empresas nacionales o extranjeras con sede en Panamá que tengan menos de diez trabajadores, pero por lo menos tres (3) trabajadores panameños.

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